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7 de mayo de 2010
,por Santos Romero, Analía
A través de la Ley Nº 26.590 (B.O. del 05/05/2010) se establecieron las características que tienen las cuentas sueldos.
Cabe recordar que, de conformidad con lo establecido por el artículo 124 de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley Nº 20.744) las remuneraciones en dinero debidas al trabajador deberán pagarse, bajo pena de nulidad, en efectivo, cheque a la orden del trabajador para ser cobrado personalmente por éste o quien él indique o mediante la acreditación en cuenta abierta a su nombre en entidad bancaria o en institución de ahorro oficial.
Por su parte, el Decreto Nº... >
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